18 febrero 2015

LOS IMPUTADOS EN LA POLÍTICA



 



La dedicación a la política institucional es, como otras, una profesión de alto riesgo judicial.

Si cada vez que un policía es denunciado por un ciudadano insatisfecho con su actuación profesional, y  es llamado a declarar ante un juzgado, tuviera que ser apartado de su función, no habría policías, o los que quedasen, estarían todos mirando para otro lado, haciendo buena aquella máxima abstencionista de que “la mejor intervención es la que no se realiza”; con lo que los ciudadanos quedarían absolutamente desprotegidos.

Los límites para una “suspensión cautelar de funciones”, antes del juicio, están claramente reglamentados por ley.

Solo así es posible seguir actuando con cierta seguridad jurídica, en tanto la demora habitual de la Justicia –entre 1 y 10 años de media- se pronuncia.

La inhabilitación para ejercer cargo público es una de las penas que se ejecutan tras sentencia judicial firme.

Pedir que se aplique “a priori” para los cargos institucionales de las administraciones públicas, desde el momento en que una denuncia o querella es admitida a trámite y se les llama a declarar; implicaría que estos pudieran quedar a merced de la lógica subjetividad de cualquier ciudadano que se sienta perjudicado por la actuación de ese servidor del poder público; o lo que es mucho más grave, de cualquier desaprensivo que quiera efectuar una denuncia falsa  a conciencia, como método de presión o venganza contra la decisión de un cargo público, sabiendo que eso le acarreará de inmediato el que sea apartado de la vida pública.

Por sintetizar: es pedir que las medidas garantistas de un estado social y democrático de derecho, contemplen una excepción para los políticos, y que automáticamente estos sean considerados “culpables, mientras no se demuestre lo contrario”; convirtiendo así la política en un mundo de locos, a la que solo optarían por “selección adversa” los menos capacitados para ganarse la vida en la empresa privada.

Este escenario que acabo de dibujar, no es futurible,  de facto” se está dando ya.

Las vacilaciones de los distintos líderes políticos sobre este tema, después de 37 años de práctica democrática en España, les lleva a hacer declaraciones contradictorias, en función de quien es el sujeto pasivo al que se acusa en cada momento –de las filas contrarias, o de las propias- , dando una imagen pública de absoluta incoherencia ante los ciudadanos.

Igual que en el ejemplo que puse al principio, sobre la profesión policial, que puede extenderse a la médica, o a cualquier otra en la que la responsabilidad por las decisiones personales  puede ser exigible; los gestores políticos de la vida pública, deben tener idéntica protección, perfectamente delimitada y reglada, e idéntica para todos los partidos políticos. Solo así puede predicarse el principio de “igualdad ante la ley”.

Mientras esto no se haga, la subjetividad de las evaluaciones sobre quién debe dimitir, o no, en cada momento, seguirán llenando el amarillismo de los platós de radio y televisión, dando alas a la demagogia populista y sembrando la confusión y desafección hacia la política de cada vez mayores capas de la población.

 

 

 

 

 

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